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24/2008-2009 Aviso de compensación. Lineamientos y fecha en la que podrá presentarse a través de Internet.


A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia de Fiscal del IMCP informa que el pasado 4 de febrero de 2009, el SAT dio a conocer en su portal electrónico, el comunicado mediante el cual señala que a partir del 16 de febrero de 2009, el aviso de compensación, así como la documentación correspondiente, podrán presentarse a través de Internet.

Para presentar el aviso en comento, se deberán realizar los siguientes pasos:

1. Descargar el formato 41 electrónico (disponible a partir del 16 de febrero).

2. Preparar el aviso en el formato 41 electrónico y los archivos de los anexos correspondientes de acuerdo al tipo de aviso de que se trate, y guardarlos en un archivo *.zip.

3. Ingresar a la sección Mi portal con su RFC y CIEC actualizada, de la página electrónica del SAT.

4. Abrir un caso de servicio o solicitud de acuerdo con lo siguiente:

(i) Seleccionar la opción “Servicios”, posteriormente “Solicitud” y elegir el trámite “Aviso de Compensación”.
(ii) En el campo asunto se debe registrar el nombre de la Administración Local que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. Ejemplo: Naucalpan, Guadalupe, Zapopan (esto no es necesario si se trata de grandes contribuyentes).
(iii) En el “Campo Descripción”, debe capturarse el periodo al que pertenece el saldo a favor y el impuesto de que se trate.

5. Es muy importante que se anexe al caso el archivo *.zip que se preparó con su formato 41, anexos y en su caso otros requisitos.

6. Enviar el caso y obtener el número de folio.

Cabe señalar que el aviso sólo se considerará recibido cuando cumpla con los requisitos necesarios y la información de los archivos esté correcta (Para ver los requisitos, de click en la siguiente liga http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11878.html).

En caso de que la información esté incompleta o tenga inconsistencias, se le informará al contribuyente de esta situación a través de un “acuse de información pendiente” para que en un plazo de diez días hábiles envíe nuevamente su aviso con la corrección respectiva.

-* [Descargar Folio 24 (Click Aquí)]

-* [Descargar Anexo Folio 24 (Click Aquí)->http://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_24_2008-2009.zip]

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