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SE/ Acuerdo que modifica el diverso por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva, publicado el 16 de junio de 2011

El pasado 22 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el “Acuerdo que modifica el diverso por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva, publicado el 16 de junio de 2011”, el cual entrará en vigor el próximo 5 de noviembre de 2012.

En términos de los artículos 20 de la Ley de Comercio Exterior y 36 de la Ley Aduanera, sólo podrán hacerse cumplir en el punto de entrada o salida al país las regulaciones no arancelarias aplicables a mercancías cuyas fracciones arancelarias y nomenclatura hayan sido previamente identificadas.

El 16 de junio de 2011 fue publicado en el DOF el “Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva” (el “Acuerdo”), instrumento por virtud del cual fueron identificadas las fracciones arancelarias sujetas al requisito de permiso previo de exportación.

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