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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS
DE LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del IMCP, a través de la Vicepresidencia de Docencia, a cargo del Mtro. Tomás Humberto Rubio Pérez, informa del nuevo esquema para el refrendo de la certificación profesional, conforme a lo siguiente:

  1. El trámite de refrendo con vigencia 2019-2023 en adelante, se iniciará a partir de los registros estadísticos capturados por los Colegios Federados en el Sistema de Control de Puntos de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo, implementado por el IMCP desde el año 2015.
  2. Los Colegios Federados y Capacitadoras autorizadas deberán de asegurarse que los registros de puntos para DPC por cada año de 2015 a 2018, estén íntegramente cargados en la plataforma mencionada.
  3. El IMCP automatizará el proceso de refrendo de certificación, mediante el uso de la plataforma referida, con la información cargada de los años 2015 a 2018, y de la cual se hará un corte de cumplimiento de la NDPC el 31 de enero de 2019. Los Colegios Federados deberán efectuar la actualización de la información dentro del periodo comprendido de agosto de 2018 a enero de 2019.
  4. Los pergaminos de certificación (en piel de cabra), serán elaborados de forma opcional, bajo solicitud expresa de los sustentantes, y serán entregados en un plazo no mayor de 6 meses, a partir de la aprobación del proceso de refrendo de certificación, conforme a cumplimiento de la NDPC y con base a la información cargada en el sistema.
  5. El IMCP, a través de su área de Enlace Institucional, proveerá el soporte técnico necesario para que los Colegios Federados y Capacitadoras Autorizadas puedan cargar la información referida de forma completa.
    Lic. Tadeo Vera, asistente.federadas@imcp.org.mx, 01 55 52676411.
  6. El pago de derechos se hará exclusivamente mediante el uso de la Tienda en Línea del IMCP, a efectos de proceder también a la facturación automática, disponible a partir de enero de 2019.

Los principales beneficios serán:

  1. Proceso automático de respuesta en la elaboración de los comprobantes digitales del proceso de refrendo de certificación.
  2. Validación de los datos para efectos de la actualización de la vigencia de certificación ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, en su caso.
  3. Simplificación del uso de plantillas para el entero de información a Autoridades (Instituto Mexicano del Seguro Social y Administración General de Auditoría Fiscal Federal)
  4. Disminución de tiempos de proceso y eliminación de papel. Con esta medida, se pretende eliminar el envío de expedientes físicos para el refrendo de certificación, de las Federadas al IMCP.

Reciban un cordial saludo. 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018
El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP.

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