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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS
COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Secretaria del Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, CPC Norma Alicia Soo Michel, en alcance al Folio 38/2016-2017, relativo a la determinación de votos que tendrá derecho a ejercer cada federada en el Colegio Electoral y tomando en consideración la información proporcionada por la administración del propio Instituto, en base al número de asociados en cada federada de acuerdo al cómputo de sus cuotas registradas al 31 de diciembre de 2016, les informamos que, con fundamento en el artículo 3.01 de los Estatutos y sus Reglamentos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, que menciona:

3.01 Serán asociados del Instituto los contadores públicos que satisfagan los requisitos señalados en este capítulo, siempre que lo sean, a su vez, de alguna de las federadas al propio Instituto. 

3.02 Existen las siguientes categorías de asociados:

 a) Activos
b) …

 3.03 Son asociados activos quienes reúnan los siguientes requisitos:

  1. Poseer título de contador público en los términos del artículo 1.03 de estos estatutos, otorgado por institución autorizada y …
  2. Que su título haya sido registrado ante la Dirección General de Profesiones y, en su caso, ante el organismo estatal correspondiente, de conformidad con las leyes y reglamentos que rijan el ejercicio profesional.

Asimismo, con fundamento en el artículo 2.02 del Capítulo II De las Funciones y Responsabilidades del Colegio Electoral, del Reglamento del Proceso Electoral de los Estatutos, que menciona:

…2.02 El Colegio Electoral se formará por representantes de cada una de las federadas, quienes podrán ejercer en forma individual hasta un máximo de cinco votos del total que le corresponda a la federada que representa. Los votos a los que tengan derecho las federadas, se determinarán mediante la asignación de un voto por federada, y aquellas federadas que registren más de doscientos asociados, tendrán derecho a un voto adicional por los primeros doscientos asociados, número de votos que se irá incrementando por cada doscientos asociados o fracción final que exceda de cien.

El número de asociados registrados en cada federada para la determinación de los votos a que cada una tenga derecho, corresponderá al que sirva de base para el cómputo de sus cuotas, y será confirmado por el Comité Ejecutivo Nacional en la comunicación oficial que enviará a cada federada, en el curso de los tres primeros meses de gestión de la Junta de Gobierno.

Nos permitimos acompañar la tabla del número de votos que sustituye a la incluida en el Folio 38 2016/2017 de fecha 30 de junio de 2017, a los que tendrá derecho a ejercer cada Colegio Federado al IMCP, en el próximo Colegio Electoral a realizarse el día viernes 25 de agosto de 2017, en la Ciudad de México

Reciban un cordial saludo.                                                                

C.P.C. José Luis García Ramírez
Presidente

 

 c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2016-2017
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP