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En sesión de 1 de marzo de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, por unanimidad de votos, cuatro amparos en revisión (776, 1028, 1031 y 1096, todos de 2015), presentados por el Ministro José Ramón Cossío Díaz.

Los asuntos derivaron de los amparos que promovieron diversas empresas contribuyentes en el que reclamaron la inconstitucionalidad de la fracción I del artículo Séptimo Transitorio del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, publicado el 26 de diciembre de 2013 y, en vía de consecuencia, los artículos 1, 2-A, 3, 4 y 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Ello, por considerar que se transgreden los principios de equidad y proporcionalidad tributarios.

La Primera Sala analizó la constitucionalidad del Decreto a la luz del principio de igualdad, pues sostuvo que el estímulo fiscal no interfiere con la causación y cálculo del impuesto al valor agregado, de ahí que no le son aplicables los principios de justicia tributaria.