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A partir del próximo 17 de noviembre deberán presentarse los “avisos” a la Secretaría de Administración Tributaria por la Ley Contra el Lavado de Dinero, sin embargo, de los 350 mil obligados en el país, cerca o poco más del 50 por ciento todavía están pendientes de registrarse.

El director de la Práctica de Prevención del Lavado de Dinero y socio auditor de la firma PricewaterhouseCoopers (PwC), Martín Montealegre Hernández, reconoció que persiste un rechazo a la ley, situación que atribuyó a la interpretación y a la falta de difusión.

“No estamos acostumbrados a que nos pidan información, y creo que a partir de esta ley debemos cambiar esa cultura. Ha generado mucho rechazo por dos temas; el primero por la interpretación de la misma, y el segundo porque ha faltado un poco de difusión para saber quién aplicará esta ley”.

El conferencista de la 90 Asamblea-Convención Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMPC), indicó que de acuerdo al Fondo Monetario Internacional, tan sólo la actividad ilegal de la cocaína representa del 1.5 al 2.5 por ciento del PIB en México, cuyas cifras se estiman entre los 30 mil a 60 mil millones de pesos.

En su ponencia, Ley Contra el Lavado de Dinero, que compartió junto a Eduardo Méndez Vital, quien también es socio auditor de la firma PwC, Montealegre Hernández consideró que aunque es una ley compleja, traerá importantes beneficios al país.

“La ley antilavado ya está en países como Ecuador, Perú, Suiza e Inglaterra, mientras que para España en pocos días entrará en vigencia su reglamento. En el caso de México, nuestra ley cuenta con umbrales que tendrán que contribuir a dismunuir la operación de efectivo dentro del negocio formal para que no se allegué ese dinero de procedencia ílicita. La ley viene a complementar, y creo que se están cerrando las puertas, ya que la autoridad está dando continuidad en el sector financiero para que los flujos ílicitos ya no entren”.

En su intervención, Méndez Vital detalló los giros a quiénes va dirigido la nueva ley federal, entre ellos: servicios de construcción, compra-venta de bienes inmuebles; juegos con apuesta y concursos; cadenas departamentales; servicios profesionales independientes; comercialización o distribución de vehículos nuevos o usados, aéreros, terrestres, marítimos y servicios de blindaje.

Asímismo, emisión o comercialización de tarjetas de crédito, servicios prepagados; compra-venta de metales o piedras preciosas, joyas y relojes, y obras de arte; emisión o comercialización de cheques de viajero; y constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.

En caso de no darse de alta, los expertos en el tema advirtieron de multas que van desde los 12 mil 500 pesos hasta los 4 millones 209 mil pesos.

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