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El decreto para la repatriación de capitales, una de las medidas con las que el gobierno federal está tratando de dar un impulso adicional a la economía mexicana ante los riesgos que representa la nueva presidencia de Estados Unidos, no va a tener el efecto esperado debido a las modificaciones que el pasado viernes publicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), principalmente la que obliga a los inversionistas a traer al país la totalidad de sus recursos del extranjero para que se les cobre un impuesto de 8 por ciento a sus rendimientos y no el 30 o 35 que se cobra normalmente, consideró el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Este viernes el SAT publicó en su portal de Internet las modificaciones a la resolución miscelánea para 2017 y sus anexos en donde señaló que para obtener el beneficio completo de la aplicación del 8 por ciento sobre los rendimientos será necesario retornar al país el capital que soporta esos rendimientos, aún cuando dicho capital ya haya pagado impuestos.

Si el retorno de la inversión es parcial, sobre la parte del capital no retornado se considerará que aún se tienen adeudos y deberán pagarse conforme a las reglas de la Ley del Impuesto Sobre la Renta a la tasa de 35 por ciento si es persona física o del 30 por ciento si es persona moral.

El presidente de la comisión fiscal del IMCP, Francisco Moguel, dijo que aún sin contar con una medición exacta de en cuánto se podría disminuir la llegada de capitales por dichas modificaciones, sí hay una percepción de que esta podrá ser menor.

“Estimamos que sí podría no tener el éxito el programa que el que se va a tener por el hecho de que se obligue a traer capitales. Sí hay clientes o contribuyentes que dicen, ya se le quita el atractivo al tenerme que traer el capital”,comentó en conferencia.

El especialista dijo que el tema fiscal incluso podría ser uno de los menos importantes en la decisión que las personas toman para tener sus recursos en el extranjero, además de que es una actividad legal mientras se paguen los impuestos.

“De pura percepción sí es muy distinto para un contribuyente que tiene sus recursos en el extranjero, que ha pagado impuestos, no es lo mismo que le obliguen a repatriar la parte de rendimientos y de esos rendimientos pagar el 8, a que te obliguen a traerte todo tu capital para tener los rendimientos al 8”.

Las modificaciones aprobadas por el SAT incluyen también la especificación de que se permite invertir los recursos en instrumentos financieros emitidos por residentes en el país, ya sea en moneda nacional o extranjera, y también en personas morales residentes en el país.

El decreto fue presentado por el presidente Enrique Peña Nieto en Los Pinos el pasado 17 de enero y forma parte del Acuerdo Nacional para el Fortalecimiento Económico y Protección de la Economía Familiar.

Durante su presentación Peña señaló que el objetivo era que los ingresos que retornen al país, se inviertan y permanezcan en territorio nacional por al menos dos años, para lo cual gozarán de un impuesto preferencial de 8 por ciento.

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