IMCP

Campaña Nacional de la Contaduría Pública

Fundado en 1923 y conformado actualmente de 60 colegios de Contadores

IMCP_Tienda Conoce a tu Colegio y Guía de Operación

Publicaciones

  • Imprimir
  • youtube

¿Obtuviste una herencia importante el año pasado? ¿Recibiste dividendos o vendiste tu casa? ¿Durante algún periodo trabajaste para dos patrones al mismo tiempo? Revisa tu situación; es probable que tengas la obligación de declarar y no lo tengas presente.

Veamos el caso de un asalariado, es decir, de alguien que trabaja para una empresa de cualquier tamaño.

De acuerdo con la ley fiscal vigente, las personas físicas asalariadas están obligadas a declarar cuando sus ingresos fueron superiores a 400 mil pesos en todo el año. Si estuviste debajo de ese rango, ya te “salvaste”.

Pero si además obtuviste ingresos diferentes de salarios o tuviste más de dos patrones simultáneamente, digamos, en el primer semestre de 2012, ya tienes que declarar, no importa el nivel del ingreso.

También, si tus ingresos por salarios sumaron 300 mil pesos anuales, pero un familiar o conocido te prestó formalmente 150 mil pesos o vendiste tu casa en 500 mil para iniciar un negocio, ya cumples con los requisitos para declarar.

Ahora, veamos el caso de un contribuyente inscrito con su Registro Federal de Causantes (RFC) que no trabajó ni obtuvo para patrón, pero obtuvo un premio.

Según la ley, es tu obligación presentar la declaración si tuviste préstamos, premios, donativos, herencias o legados, o si enajenaste una casa habitación, que en lo individual o en su conjunto hayan excedido los 600 mil pesos.

Por último, quizás seas una persona afortunada y vives solamente de tus inversiones: pues tendrás que declarar si tus ingresos por intereses reales fueron superiores a 100 mil pesos durante todo el año.

Bueno, y no faltará aquel que trabaja para un patrón y además tiene sus inversiones en la Bolsa. En ese caso, tienes que presentar declaración si entre los dos conceptos suma más de 400 mil pesos anuales.

De acuerdo con Juan Manuel Franco, vicepresidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), la mayoría de las personas físicas y asalariadas está consciente de que puede presentar la declaración para obtener deducciones, pero no todos están al tanto de que hay conceptos que los obligan a hacerla.

Quienes caigan en alguno de los conceptos señalados, indicó, deben comenzar el trámite lo antes posibles, ya que tanto las citas en el SAT, como el tiempo para realizarlo, se están agotando.

Link Reforma clic aquí