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Vicepresidencia Fiscal

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C.P.C. Marcial A. Cavazos Ortiz
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

INTRODUCCIÓN

Las personas y las empresas, que se han esforzado por formar un patrimonio, con justificada razón buscan no solo la protección de ese capital sino la mejor alternativa de inversión, que les permita incrementar y optimizar las posibles ganancias. Pero suele ocurrir que el país de origen no brinde las mejores condiciones, ya sea por crisis económicas, devaluación de la moneda, incertidumbre, inseguridad, etc., y al final estas situaciones conllevan a generar fugas de capital.

Cuando el capital nacional viaja al exterior, los gobiernos tienen que trabajar encarecidamente para incentivar el retorno de esos capitales al país de origen, para generar inversión, ahorro y motivar positivamente la economía nacional. Uno de los caminos es la aplicación de beneficios mediante programas de repatriación de capitales, que ofrezcan a los ciudadanos tratos preferenciales a sus capitales en el exterior, en caso de que decidan traerlos al país y regularizarlos.

A nivel mundial se ha aplicado la repatriación de capitales; México también ha otorgado este beneficio en las últimas décadas, el más reciente es el que estará vigente hasta el próximo 30 de junio del año en curso, y es el tema que nos ocupa en el presente boletín.