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A partir de este año, todos los trabajadores jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberán darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para que la autoridad hacendaria conozca lo que reciben por concepto de pensión, lo que en opinión de los expertos vendría siendo una nueva forma de fiscalizar a las personas físicas.

En México hay 3.6 millones de pensionados del IMSS y del ISSSTE, de los cuales 380 mil cobran una pensión de 31 mil 545 pesos mensuales, o mayor, y son los que hoy están obligados a cubrir el ISR ante el SAT, de acuerdo con datos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

El jefe del SAT, Aristóteles Núñez, aseguró que desde 2013 se aprobó una disposición para que todos los usuarios de la banca tengan su Registro Federal de Contribuyente (RFC); en 2014 se dio un cumplimiento de forma gradual y se espera que para 2015 ya todos los usuarios cuenten con su registro.

“Esta es una disposición relacionada con la obligación de la banca de tener identificados a todos sus clientes. No es porque sea el ingreso de una pensión lo que la autoridad, o la institución financiera, estén buscando fiscalizar”, aclaró Núñez.

Desde el año pasado, las áreas de pensiones de los bancos envían una carta a los jubilados donde se les indica que deben darse de alta en el SAT para cumplir los requerimientos de la autoridad y para actualizar datos.

Tal es el caso de Eduardo de Alba, jubilado desde 1998 por invalidez, quien recibió el pasado 28 de noviembre una carta de Pensiones Inbursa en la cual le solicita su registro al SAT, para cumplir la obligación de informar a la autoridad de pagos efectuados a personas físicas por pensiones.

De Alba recibe una pensión de 2 mil 861 pesos mensuales y, a pesar de que cuenta con un RFC por un negocio que tiene en activo, en el SAT le indicaron que aun así debe darse de alta.

“Nos comunicamos al SAT y nos dijeron: ‘sí, tiene que quedar registrado sea cual sea su pensión y de momento no le vamos a gravar’, y cuando dicen ‘de momento’, ¿piensan gravar en enero o febrero (de este año)?”, aclaró Graciela Figueroa, esposa del jubilado.

Incluso, a la esposa del jubilado De Alba le reiteraron en el SAT que su marido debe darse de alta y dar la información sobre la pensión que recibe.

Fiscalización. Esta disposición genera suspicacias entre los pensionados y expertos en seguridad social, pues temen que sea una nueva forma de fiscalización para las personas físicas.

El abogado laboral del Bufete Sales Boyoli, Jorge Sales, destacó que la intención de esta disposición es tener un primer censo de la masa crítica de jubilados, para posteriormente obtener recursos a través de ellos.

“Lo único que explica esta medida es una actitud fiscalizadora por parte de Hacienda y hay que entenderla en el contexto de la necesidad de recursos que tiene la Secretaría a partir de los recientes acontecimientos económicos”.

El abogado consideró que la Secretaría de Hacienda quiere tener un primer censo para entender si hay allí una masa crítica interesante de dónde obtener recursos adicionales que llenen el hueco que está dejando la baja de los precios del petróleo.

El abogado y consultor laboral de Pizá Abogados, Gabriel Pizá, externó también sus dudas sobre este requerimiento, pues una cosa es contar con un RFC y otra darse de alta ante el SAT.

“Son dos cosas distintas. El año pasado se le pidió a la banca que tuviera identificados a todos sus usuarios con un RFC, pero cuando una persona se da de alta en el SAT hay distintas obligaciones: quedan como contribuyente, como persona física con actividades empresariales, se dan de alta con IVA, con ISR, pero también tienen la opción de pedir el RFC sin obligaciones”.

El abogado precisó que el hecho de que emitan un RFC no implica que se den de alta en el SAT con obligaciones. “Lo que implica es que tengan únicamente el RFC y estar registrado en el SAT, contar con una homoclave, etcétera, pero no tienen ninguna obligación de cumplir con declaraciones mensuales o anuales porque están registrados sin obligaciones”, explicó.

No obstante, en la carta de Pensiones Inbursa que se envió a Eduardo de Alba se pide a los jubilados una constancia de inscripción ante el SAT, con nombre completo, RFC con homoclave, CURP y número de seguridad social, pero no precisa que deben darse de alta sin obligaciones fiscales.

En la página del SAT las personas físicas pueden inscribirse en el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios con la actividad económica jubilado o pensionado al 100%.

En ese régimen, no se tienen obligaciones fiscales como hacer una declaración anual, a menos que la persona gane más de 400 mil pesos al año.

Desde 2010, sólo a jubilados con pensión arriba de 15 veces el salario mínimo, 31 mil 545 pesos mensuales, se les cobra Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En este sentido, el presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Javier Juárez, consideró que los pensionados no deben preocuparse al darse de alta al SAT, pues sólo se les cobrará ISR si su pensión rebasa 15 veces el salario mínimo de su zona.

El IMCP estima que únicamente 380 mil jubilados, de los 3.6 millones que existen en el país, tienen una pensión superior a los 31 mil 545 pesos.

Cotejar pensiones. El diputado Miguel Alonso Raya de la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados, considera que el registro de los pensionados en el SAT puede obedecer a la reforma al artículo 27 de la Ley del Seguro Social, la cual pretende corroborar que las pensiones que los patrones declaren coincidan con el monto que declaran como aportación al IMSS.

“Puedes tener a alguien declarado al SAT con tres salarios mínimos y en el IMSS está dado de alta sólo con un salario mínimo”, dijo Raya. En México hay 3.6 millones de pensionados del IMSS e ISSSTE y la entidad con más retirados es el Distrito Federal.

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