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C.P.C. José Armando Plata Sandoval
Vicepresidente de Sector Gubernamental del Instituto Mexicano de Contadores Públicos

La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) expedida el 31 de diciembre de 2008 incluye propuestas fundamentales para garantizar que los recursos públicos sean administrados de acuerdo con los principios presupuestarios de eficiencia, eficacia y economía, así como la obtención de información financiera útil para los diferentes usuarios, demanda el cumplimiento de los siguientes aspectos:

•          La creación del Consejo Nacional de Armonización Contable.

•          La elaboración de los presupuestos públicos atendiendo los criterios de presupuestación basada en resultados.

•          La uniformidad de métodos, procedimientos y prácticas contables, así como la organización de su sistematización, de tal manera que permita obtener información clara, concisa, oportuna y veraz.

•          El registro a detalle del patrimonio gubernamental.

•          La generación de información en tiempo real.

•          La cuenta pública no solo debe reflejar los registros contables y las cifras correspondientes a los egresos e ingresos, sino también debe relacionarse con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo, incluyendo la evaluación del desempeño.

Además, los gobiernos locales deben cumplir con las obligaciones contenidas en el Título V de esta ley, adicionado el 12 de noviembre de 2012, el cual contiene tópicos contables de transparencia fiscal, regulación de fondos federalizados y mecanismos de evaluación de procesos presupuestarios y revisión de la calidad de la información de los entes públicos.

Una vez vencido el plazo de transición de cuatro años para el acatamiento integral de la ley, aún se palpaba un importante nivel de incumplimiento de los tres niveles de gobierno, lo que fue corroborado mediante una encuesta preparada por la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), la Auditoría Superior de la Federación y la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A.C. (ASOFIS), contando con la colaboración de los consejos estatales de armonización contable.

Los resultados se presentaron en la Segunda Reunión del Consejo Nacional de Armonización Contable el día 3 de mayo de 2013, donde se mencionó que “las Entidades Federativas y los Municipios han logrado avances importantes y significativos en la adopción e implementación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como el que continúan con los esfuerzos institucionales a fin de avanzar con el proceso de armonización contable; se desprende también del mismo diagnóstico que una limitante ha sido el contar con una herramienta informática, que de forma adecuada y probada, en más de un ejercicio fiscal, haya dado los resultados requeridos”.

Por tal motivo, el CONAC decidió aprobar la modificación de los plazos para el cumplimiento de ciertas disposiciones de la ley, quedando de la siguiente manera:

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos, opina que este diferimiento de plazos es una decisión responsable por parte del CONAC, para replantear las estrategias de implementación eficaz de la armonización contable en el país, siendo de suma importancia garantizar el debido cumplimiento de la ley mediante la vigilancia continua y la aplicación de sanciones a quienes obstaculicen o, que siendo su obligación, no coadyuven en las funciones de la armonización contable gubernamental.

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