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C.P.C. Javier Juárez Ocotencatl
Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del IMCP

La seguridad social en México tiene como propósito dar seguridad al trabajador y a sus beneficiarios. En cuanto a atención médica al trabajador, en caso de accidente no profesional o enfermedad en la cual quede incapacitado se le pagará una pensión por invalidez; asimismo, si tuviera un accidente de trabajo o una enfermedad derivada de su actividad y quedara incapacitado, se cubre con una pensión. De igual manera, en caso de que llegue a la cesantía (60 años) o a la vejez (65 años) y haya cotizado las semanas necesarias para pensionarse, recibirá una pensión. Por lo tanto, la seguridad social cumple con el propósito para el que fue creada.

Estos beneficios son para el trabajador asegurado y su familia; sin embargo, ¿qué acontece con el asegurado que se queda sin empleo? Hoy dispone de un tiempo límite para seguir recibiendo los beneficios de la atención médica, pero en lo económico deja de percibir su sueldo; por este motivo, el presidente de la República presentó una iniciativa para el seguro de desempleo, que será un paliativo económico para quien se encuentre sin empleo mientras consigue otro trabajo.

Dicha iniciativa incorpora un nuevo capítulo denominado “Del seguro de desempleo” a la Ley del Seguro Social, el cual tendrá como objeto mitigar el impacto negativo en el bienestar del desempleado y su familia debido a la pérdida de ingresos laborales, para beneficiarse de él deberá cubrir los siguientes requisitos:

1. Que al momento de la pérdida de su empleo hayan estado afiliados al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social.

2. Contar con cotizaciones de, por lo menos, 24 meses en un periodo no mayor a 36 meses.

3. Haber permanecido en situación de desempleo al menos 45 días naturales consecutivos.

4. No percibir otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo u otros similares.

5. Acreditar el cumplimiento de los requisitos comprendidos en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La prestación será otorgada durante un máximo de seis mensualidades.

Estos pagos serán tomados del salario promedio de las últimas 24 cotizaciones mensuales ycorresponderán a los recursos acumulados en la Subcuenta Mixta, en caso de que el saldo disponible no sea suficiente, se utilizarán recursos del Fondo Solidario. El pago de la prestación terminará cuando se hayan otorgado los seis pagos mensuales, es decir, cuando el desempleado se reincorpore a una relación laboral y perciba algún ingreso.

Para financiar este seguro, se tomará el 3 por ciento del 5 por ciento que aporta el patrón para la vivienda.

Pensión universal

Adicionalmente se pretende incorporar una pensión universal que tiene como objeto garantizar una vejez digna para los adultos mayores, y para recibirla deberán cubrir los siguientes requisitos:

‑ Cumplir 65 años de edad a partir del año 2014 y no tener carácter de pensionado.

– Residir en el territorio nacional.

– Estar inscritos en el Registro Nacional de Población.

– Deben tener un ingreso mensual igual o inferior de 15 salarios mínimos.

Una vez obtenida la pensión se debe acreditar la supervivencia y no tener carácter de pensionado. El derecho a recibir la pensión es personal, intransferible e inextinguible.

El monto mensual otorgado será de mil 92 pesos y se actualizará anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Esta pensión será financiada con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación, con base en la información proporcionada por el Registro Nacional de Población y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A las personas que presenten información o declaración falsa con el objeto de recibir esta pensión, el IMSS podrá imponer sanciones de 100 a 300 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Las personas que hasta 2013 recibieron apoyo del programa de pensión para adultos mayores continuarán recibiéndolo por medio de la pensión universal, la cual se ajustará cada año hasta igualarse a la pensión universal en términos reales conforme a lo disponible en los recursos y en un plazo no mayor a 15 años.

Es importante señalar que estas dos propuestas aún están pendientes de aprobarse en el Congreso de la Unión, por lo que aún puede haber cambios.

Estas reformas propuestas por la Presidencia de la República generarían ciertos beneficios a los trabajadores. El seguro de desempleo permitirá que se tenga un margen de apoyo financiero cuando el trabajador quede desempleado. Finalmente, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, una vez aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación las propuestas de reformas antes comentadas, las analizará y difundirá para aportar mayor información a los lectores.

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