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El viernes de la semana pasada, el SAT publicó las reglas relativas a la repatriación de capitales. Ante ellas, Francisco Moguel Gloria, presidente de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, se mostró escéptico del éxito del programa repatriación, pues las reglas hacen que la repatriación resulte una opción poco atractiva para los contribuyentes.

El SAT requiere que, para que un contribuyente pueda valerse del beneficio de repatriar sus rendimientos con un impuesto del 8%, es necesario retornar al país el capital que soporta esos rendimientos, aunque ya se haya pagado impuestos por ese capital.

“Es muy distinto para un contribuyente que tiene sus recursos en el extranjero que lo obliguen a repatriar la parte de rendimientos y de esa parte pagar el 8%, a que te obliguen a traerte todo tu capital para tener tus rendimientos al 8%”, dijo Francisco Moguel.

Además, en caso de haber un retorno parcial de la inversión, el SAT considerará que aún se tienen adeudos por el capital no retornado. Estos deberán pagarse conforme a las reglas de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con una tasa de 35% para las personas físicas y de 30% para las personas morales. No suena atractivo, definitivamente.

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