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L.C.C. y M.A. Héctor Alvarado Salinas
C.P.C. y M.B.A. Roger Fidel Vera Sandoval
Integrantes de la Comisión de Precios de Transferencia del IMCP

El objetivo del presente documento es profundizar en algunos aspectos relacionados con el nuevo estándar de documentación de precios de transferencia y sus posibles implicaciones, especialmente en lo relativo al denominado reporte país por país o Country-by-Country Report.

ANTECEDENTES

Cuando se habla de precios de transferencia, uno de los principales puntos de interés para los contribuyentes y para las autoridades fiscales es el relativo a la documentación por medio de la cual se sustenta el cumplimiento de las reglas de precios de transferencia por parte del contribuyente. Al respecto, el Capítulo V de las Guías de Precios de Transferencia emitidas en 1995 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE”) estableció los lineamientos o estándares con base en los cuales diversas autoridades fiscales alrededor del mundo reglamentaron los requisitos de documentación de precios de transferencia aplicables en cada país. En el caso específico de México, hasta el ejercicio fiscal 2015 los requisitos de documentación de precios de transferencia se encontraban contenidos exclusivamente en el artículo 76 fracción IX de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (“LISR”).

Considerando la necesidad de actualizar los lineamientos de documentación establecidos en el Capítulo V de las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE, durante el año 2011 dicho organismo inició un programa de trabajo tendiente a adecuar y simplificar tales requisitos de documentación, el cual dio como resultado la emisión de un documento conocido como White Paper on Transfer Pricing Documentation (“White Paper”) publicado en julio de 2013.