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“Pensiones del IMSS – Postura del IMCP”

Como ustedes saben, el pasado 9 de junio, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió Jurisprudencia por contradicción de tesis, en la cual se señala que el límite superior que debe considerarse como base para determinar las pensiones por seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es por el equivalente a 10 veces el salario mínimo general del Distrito Federal (SMG) y no 25 veces, como lo venía calculando y pagando el IMSS, lo anterior en consideración del segundo párrafo del artículo 33 de la Ley del Seguro Social (LSS) de 1973 y vigente hasta el 30 de junio de 1997.

Cabe aclarar que de aplicarse esta Tesis, afectará principalmente a los trabajadores que se vayan a pensionar, y que decidan aplicar lo dispuesto en la Ley de 1973, cuyos salarios cotizados son superiores a 10 veces SMG, toda vez que su pensión estará limitada a 10 veces SMG, cantidad que equivale a 16 mil pesos mensuales.

Al respecto, es importante recordar que de conformidad con la Ley de Amparo, la aplicación de esta tesis jurisprudencial es obligatoria para los tribunales.

Ahora bien, cabe recordar que de 1997 a la fecha, el IMSS ha resuelto en el tema de pensiones sin afectar a los particulares, es decir, para pagar dichas pensiones se ha considerado el tope de 25 veces el SMG, lo cual representa aproximadamente 40 mil pesos mensuales.

Antecedentes

En afán de ser más claro en este tema de las pensiones, me permito comentar los siguientes antecedentes:

“Dictamen Fiscal – Opción de no presentarlo “

Antecedentes

Surgimiento del dictamen fiscal

A manera de introducción, conviene señalar que el dictamen fiscal surge como estrategia de fiscalización indirecta, mediante la cual el fisco federal deposita su confianza en la capacidad, experiencia y ética profesional de la Contaduría Pública.

Además de esa confianza que ha venido gozando la profesión contable a través del dictamen fiscal, existe un proceso continuo en la revisión de los dictámenes fiscales emitidos por el CPR, por parte de la Administración Central de Control y Evaluación de Fiscalización Nacional, quien se encarga de emitir en su caso, el oficio de sanción y lo comunica al Comité Mixto de Evaluación de los CPR´s.

Por otra parte, en el IMCP nos hemos preocupado por establecer reglas de actuación profesional de los Contadores Públicos que actúan como auditores externos, para que garanticen un alto nivel de calidad en sus servicios.

Decreto por el que se otorgan diversas facilidades administrativas en materia de simplificación

Como ustedes saben, el pasado 30 de junio del 2010 se dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria”.