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Al 20 de abril de este año, más de 2.2 millones de contribuyentes han presentado su Declaración Anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2017, para lo cual las personas físicas tienen como fecha límite el 30 de abril.

En su cuenta oficial en Twitter, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que además se autorizó la devolución de cuatro mil millones de pesos a aquellos contribuyentes que presentaron su declaración y obtuvieron un saldo a favor, “¡gracias por cumplir!”.

“Si eres persona física y aún no la presentas. ¡No esperes más! Solo revisa, acepta y envía”, añadió el organismo recaudador en esta red social al destacar que cada 10 declaraciones, nueve tienen saldo a favor.

La semana pasada, el SAT recordó que este año se está utilizando la información de las facturas que solicitaron o expidieron los contribuyentes para ofrecer una declaración prellenada, con los ingresos y deducciones personales, que solo tiene que revisar, aceptar y enviar.

No obstante, se han identificado casos con inconsistencias en el timbrado, como captura errónea de conceptos de jubilación, separación e indemnización y errores en el llenado, agregó en un comunicado difundido el 18 de abril.

El organismo informó que trabaja al respecto con los patrones para que esas inconsistencias queden corregidas y sus trabajadores vean la información actualizada en la declaración.

“Si al realizar la declaración, el contribuyente identifica diferencias, le sugerimos solicitar revisarlas con su patrón y modificar en la aplicación los datos de su declaración”, recomendó al precisar que como cada año, la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración es el 30 de abril.

De igual forma, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó al SAT extender el plazo para la presentación de la declaración anual de las personas físicas, por única ocasión, al menos 15 días hábiles adicionales, debido a los contratiempos presentados para cumplir con esta obligación.

El vicepresidente Fiscal del IMCP, Mario Morales López, afirmó que se han presentado algunos contratiempos para que las personas físicas lleven a cabo su declaración, las cuales son atribuibles a la nueva plataforma del SAT, que ya trae la información precargada, así como a los emisores de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica.

Entre estos contratiempos están: ingresos no correspondientes; retenciones de ISR mayores a las efectivamente realizadas; diferencias en amarre de ingresos; o información no precargada, agregó Morales López.

Aún sin una respuesta por parte del SAT a su solicitud para ampliar el plazo para presentar la Declaración Anual 2017 el IMCP, que preside José Besil Bardawil, recomendó a las personas físicas cumplir con esta obligación en tiempo y forma, a fin de evitar requerimientos y multas posteriores.

Las personas físicas obligadas a presentar Declaración Anual son quienes tuvieron ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación o adquisición de bienes, por salarios de dos o más patrones, o por salarios más otros ingresos.

En general, refirió, los asalariados que percibieron ingresos de un solo patrón y además tuvieron ingresos por intereses menores de 20 mil pesos al año, pueden optar por no declarar o declarar en cualquier momento.

La presentación de la Declaración Anual 2017 puede hacer por internet en www.sat.gob.mx, y a través de SAT Móvil, solo con la contraseña y únicamente en el caso que se obtenga saldo favor mayor a 50 mil pesos o si se va a modificar la cuenta clabe, se deberá enviar con la e-firma.

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, gracias a la información que provee la factura electrónica, el SAT pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración por lo que solo se tiene que revisar, aceptar y enviar.

Las deducciones personales y el estímulo, que pueden llevar a obtener un saldo a favor, ya están pre llenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos el año pasado por los contribuyentes, siempre que se haya pedido factura y se hayan pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Algunos de ellos son honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogo, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, colegiaturas, entre otros.

Para más información, pueden consultar el sitio www.sat.gob.mx y obtener orientación en línea, así como en @SATMX, facebook.com/satmexico y MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 para el resto del país.

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